12. Exhibición de pruebas

    1. Exhibición de pruebas limitada. La exhibición de pruebas en casos ante la División de Recursos Civiles es limitada, y está disponible solamente en algunos casos previstos por la regulación. A modo de guía, las partes deberían referirse a la regulación específica que rige su caso al realizar una solicitud de exhibición de pruebas.
    2. Peticiones de obligar. Una parte puede presentar una petición de obligar en relación con la producción de documentos en la medida en que lo permita la ley. La parte peticionante debe seguir las instrucciones establecidas por el Juez de lo contencioso administrativo y adjuntar la documentación pertinente para dar respaldo a la moción.
    3. Citación duces tecum. Una parte puede solicitar al Juez de lo contencioso administrativo que emita una citación para solicitar la producción de ciertos documentos (una “citación duces tecum”) y el Juez de lo contencioso administrativo puede emitir tales órdenes tal como lo autoriza la ley. Un Juez de lo contencioso administrativo emitirá una orden judicial si la parte solicitante ha cumplido con todos los requisitos regulatorios aplicables.
    4. Sanciones. A solicitud de una parte o por su propia cuenta, el Juez de lo contencioso administrativo puede aplicar sanciones a una parte por la falta de cumplimiento de cualquiera de las órdenes en relación con la exhibición de pruebas, incluso el incumplimiento de responder a una solicitud de exhibición de pruebas dentro de un cierto plazo. Las sanciones serán proporcionales al incumplimiento y pueden variar desde sacar una conclusión fáctica negativa contra la parte incumplidora hasta la desestimación de la petición de audiencia por parte de la parte incumplidora.
    5. Moción para una orden de protección. Si está disponible conforme a las regulaciones aplicables, una parte puede solicitar al Juez de lo contencioso administrativo que emita una orden de protección que limite la presentación o la divulgación de ciertos documentos solicitados por la parte opositora. Un Juez de lo contencioso administrativo emitirá una orden de protección si la parte solicitante ha cumplido con los requisitos regulatorios aplicables.
    6. Respuesta a mociones relacionadas con la exhibición de pruebas. Si una parte solicita al Juez de lo contencioso administrativo que emita una orden o que aplique una sanción relacionada con la exhibición de pruebas, la parte opositora tendrá la oportunidad de responder a dicha moción dentro del plazo permitido por las regulaciones aplicables, las que pueden ser de 10 o 20 días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
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Content last reviewed on March 28, 2016