10. Respuestas a mociones u otras peticiones

  1. Respuesta u oposición a una moción o una petición presentada independientemente de un intercambio de audiencia preliminar de una de las partes. A menos que las regulaciones aplicables indiquen lo contrario, la parte opositora dispondrá de 20 días contados a partir de la fecha de presentación para presentar cualquier declaración o prueba adicional en respuesta a una moción. La parte opositora dispondrá de 30 días para responder una moción de juicio sumario (Artículo 19(a) de los Procedimientos de la División de Recursos Civiles), a menos que el Juez de lo contencioso administrativo disponga lo contrario. Las partes deberían tener en cuenta que ciertas regulaciones requieren que se presente una respuesta dentro de los 10 días contados a partir de la fecha de presentación de una moción o una petición. Las partes son responsables de conocer las regulaciones aplicables a su caso y no pueden citar esta sección de los Procedimientos de la División de Recursos Civiles como base para el incumplimiento de los plazos que dichas regulaciones aplicables puedan establecer.
  2. Respuesta u oposición a una moción o una petición presentada en el intercambio de la audiencia preliminar de una parte. Si una parte presenta una moción, una petición o una objeción simultáneamente con su intercambio de la audiencia preliminar, entonces la respuesta de la parte opositora vencerá en el mismo momento en el que venza su intercambio de audiencia preliminar o su respuesta, tal como se estipula en la orden del Juez de lo contencioso administrativo o en otra orden de programación.
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Content last reviewed on March 28, 2016